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Línea ICO Moratoria de Hipoteca - Préstamos moratoria parados
por Moroso Amoroso en ICO, Moratoria, Hipotecas, Ayudas
El ICO acaba de lanzar una línea de financiación con la que se va a atender la moratoria del gobierno en las hipotecas de los parados.
Recogemos a continuación las principales características según la información que aparece en el ICO:
Vigencia: Desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010 o hasta el consumo de los fondos disponibles.
Finalidad: La línea tiene como objetivo el aplazamiento temporal y parcial en la obligación de pago del 50% del importe de las cuotas hipotecarias de los años 2009 y 2010 con un máximo de 500 euros mensuales, a favor de determinados colectivos, titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual que haya sido suscrita antes de 1 de septiembre de 2008 y que no se encuentre en situación de mora.
El aplazamiento se instrumentará a través de un contrato firmado entre el cliente y la entidad de crédito.
Clientes: los titulares de hipotecas que, con anterioridad a 1 de Enero de 2010, reúnan, al menos una de las siguientes condiciones:
1. Ser trabajador por cuenta ajena en situación legal de desempleo y encontrarse en esta situación, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud, así como tener derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
2. Ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad económica, manteniéndose en esa situación de cese durante un periodo mínimo de tres meses.
3. Ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), durante al menos, tres mensualidades.
4. Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de Septiembre de 2008.
En todo caso, será requisito imprescindible para poder acogerse a la medida que el deudor no se encuentre en mora.
Acreditación de condiciones subjetivas: La existencia de las condiciones subjetivas señaladas en el punto anterior se acreditará por los titulares mediante la presentación ante la entidad de crédito de los siguientes documentos, según corresponda:
* En caso de situación legal de desempleo, mediante certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
* En cuanto al cese de actividad de trabajadores por cuenta propia mediante el certificado que expida la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
* En caso de trabajadores por cuenta propia con ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del IPREM, mediante certificado de la declaración responsable efectuada por el trabajador ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
* En el caso de viudedad, mediante certificado expedido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social.
Importe máximo de la hipoteca: Podrán acceder a esta línea los titulares de préstamos hipotecarios con un importe inicial formalizado inferior a 170.000 euros.
Importe máximo de financiación por cliente: Hasta 12.000 euros
Plazo de amortización: Los plazos de amortización del importe aplazado comenzarán en Enero de 2011 y podrán ser de 3, 5, 7 ó 10 años, debiendo tenerse en cuenta que el plazo de vencimiento del crédito hipotecario, en ningún caso podrá ser inferior al plazo a formalizar en el contrato de aplazamiento.
Tipo de interés: El tipo de interés para el cliente será variable, referencia ICO + 0,80%.
Cancelación anticipada voluntaria
Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación, sin que la misma implique penalización alguna para el cliente.
Tramitación: Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
Documentación: El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
Garantías
La entidad de crédito no podrá exigir garantías al cliente.
Puedes ver mucho más sobre esta ayuda a los parados, autónomos y viudos en sus hipotecas en nuestro archivo sobre la moratoria que puedes consultar aquí.
Recogemos las principales características de los préstamos del ICO que servirán de base para proporcionar la moratoria en las hiptoecas en parados, viudos, y autónomos que cumplan los requisitos
El ICO acaba de lanzar una línea de financiación con la que se va a atender la moratoria del gobierno en las hipotecas de los parados. Recogemos a continuación las principales características según la información que aparece en el ICO:
Vigencia: Desde el 1 de enero de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2010 o hasta el consumo de los fondos disponibles.
Finalidad: La línea tiene como objetivo el aplazamiento temporal y parcial en la obligación de pago del 50% del importe de las cuotas hipotecarias de los años 2009 y 2010 con un máximo de 500 euros mensuales, a favor de determinados colectivos, titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual que haya sido suscrita antes de 1 de septiembre de 2008 y que no se encuentre en situación de mora.
El aplazamiento se instrumentará a través de un contrato firmado entre el cliente y la entidad de crédito.
Clientes: los titulares de hipotecas que, con anterioridad a 1 de Enero de 2010, reúnan, al menos una de las siguientes condiciones:
1. Ser trabajador por cuenta ajena en situación legal de desempleo y encontrarse en esta situación, al menos, durante los tres meses inmediatamente anteriores a la solicitud, así como tener derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
2. Ser trabajador por cuenta propia que se haya visto obligado a cesar en su actividad económica, manteniéndose en esa situación de cese durante un periodo mínimo de tres meses.
3. Ser trabajador por cuenta propia que acredite ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), durante al menos, tres mensualidades.
4. Ser pensionista de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario, y en todo caso, en fecha posterior al 1 de Septiembre de 2008.
En todo caso, será requisito imprescindible para poder acogerse a la medida que el deudor no se encuentre en mora.
Acreditación de condiciones subjetivas: La existencia de las condiciones subjetivas señaladas en el punto anterior se acreditará por los titulares mediante la presentación ante la entidad de crédito de los siguientes documentos, según corresponda:
* En caso de situación legal de desempleo, mediante certificado expedido por el Servicio Público de Empleo Estatal.
* En cuanto al cese de actividad de trabajadores por cuenta propia mediante el certificado que expida la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
* En caso de trabajadores por cuenta propia con ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del IPREM, mediante certificado de la declaración responsable efectuada por el trabajador ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
* En el caso de viudedad, mediante certificado expedido por el correspondiente organismo de la Seguridad Social.
Importe máximo de la hipoteca: Podrán acceder a esta línea los titulares de préstamos hipotecarios con un importe inicial formalizado inferior a 170.000 euros.
Importe máximo de financiación por cliente: Hasta 12.000 euros
Plazo de amortización: Los plazos de amortización del importe aplazado comenzarán en Enero de 2011 y podrán ser de 3, 5, 7 ó 10 años, debiendo tenerse en cuenta que el plazo de vencimiento del crédito hipotecario, en ningún caso podrá ser inferior al plazo a formalizar en el contrato de aplazamiento.
Tipo de interés: El tipo de interés para el cliente será variable, referencia ICO + 0,80%.
Cancelación anticipada voluntaria
Por acuerdo entre el Cliente y la Entidad de Crédito, se podrá realizar en el momento que las partes acuerden, la cancelación anticipada, total o parcial, de la operación, sin que la misma implique penalización alguna para el cliente.
Tramitación: Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
Documentación: El cliente tendrá que presentar la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación.
Garantías
La entidad de crédito no podrá exigir garantías al cliente.
Puedes ver mucho más sobre esta ayuda a los parados, autónomos y viudos en sus hipotecas en nuestro archivo sobre la moratoria que puedes consultar aquí.
| Morosidad en España 2008 - Información a Septiembre | |
| Esta gráfica de la evolución de la morosidad en España, que publica la AHE la verdad es que casi no necesita explicaciones adicionales. | |
| Qué entidades conceden hipotecas | |
| Os traemos algunas entidades que están realizando esfuerzos comerciales y publicitarios para conseguir hipotecas. Un buen indicador de que siguen interesados en conceder estos préstamos. | |
| Nueva fecha de publicación del Euribor desde Enero 2009 | |
| Desde este mes de Enero el Euribor, el Mibor y los índices de Deuda Pública a 2 y 6 años se publicarán a principios de mes, en vez de sobre el día 22 como se venía haciendo. | |
| Asesoramiento en hipoteca inversa | |
| Repasamos las ofertas concretas en hipoteca inversa que ofrecen distintas empresas dedicadas a la gestión del patrimonio de personas mayores. Asesorarse a fondo es importante en este tipo de producto | |






El 21 enero 2009 a las 10:43 #
yo tengo una hipoteca con la CAM y no me quieren ayudar a rebajar lacuota mensual me gustaria saber que puedo hacer antes de que emiese a entrar en mora Gracias
El 18 febrero 2009 a las 21:42 #
Estoy desempleada y tengo la hipoteca con Banco Pastor. Les comenté la opcoión de la linea ICO y su contestación ha sido que aun no lo tienen en sus programas informáticos y que esto les va a llevar tiempo.
El 6 marzo 2009 a las 12:09 #
Tengo la hipoteca con caixa manresa. no quieren saber nada ni de rebajar la cuota ni saber nada de la linia ico
El 6 marzo 2009 a las 15:32 #
tengo una hipoteca en el banesto y me dicen que ellos no hacen lo de la hipoteca que dice el govierno donde puedo enterarme si puedo aplazar la hipoteca gracias no tengo imeil le doy el de una amiga
El 11 marzo 2009 a las 21:36 #
yo tengo hipoteca en el santander y acabo de llevar los papeles que me han pedido pero no se cuand firmo mi consejo es que no lo dejeis y que insitais en vuestro banco y si no os hacen caso direcctamente hablar en el 112 y comentarlo
El 3 abril 2009 a las 20:33 #
ME DIRIJO A TODOS AQUELLOS A LOS QUE SU BANCO LE INTENTA METER CLAUSULAS ABUSIVAS AL PEDIR EL PRESTAMO HIPOTECARIO ICO.CON ESTO ME REFIERO A TODO LO QUE SE SALGA DE LA LINEA DE FINANCIACIÓN DE ICO,NI NOVACIONES,NI MODIFICACIONES DEL DIFERENCIAL,ETC.ME LLAMO NOEMI Y HOY MISMO ME HE DIRIGIDO A MI SUCURSAL DEL BBVA EN ZARAGOZA PARA PONERLES UNA HOJA DE RECLAMACIONES POR INTENTAR MANIPULAR MI HIPOTECA ACTUAL AMENAZÁNDOME CON NO CONCEDERME EL PRÉSTAMO HIPOTECARIO ICO.POSTERIORMENTE ME HE DIRIGIDO AL HERALDO DE ARAGON PARA PUBLICAR ESTE ABUSO,COSA QUE LES A CAUSADO MUCHÍSIMO INTERES.LES RUEGO QUE QUIEN DESEE PRESENTAR SU QUEJA POR ESTE MOTIVO Y HACER MAS FUERZA,LLAMEN AL HERALDO DE ARAGON,TELEFONO:976765000 A LA ATENCIÓN DE NOTICIAS DE ECONOMIA.YO TENGO LA ENTREVISTA CON ESTE PRESTIGIOSO PERIODICO EL LUNES.ANIMO,JUNTOS PODEMOS.
El 16 abril 2009 a las 18:50 #
Hola:
Hecha la solicitud en la sucursal, y cumpliendo todos lo requisitos necesarios para la concesion de prestamo ICO de moratoria de pago de hipoteca, la oficina me informa de que aun teniendo el credito aprobado, se requieren ciertas condiciones obligatorias para acceder a el. Estas son:
1) Documentacion referente a mi situacion como desempleado. (cosa normal y logica creo)
2) Renegociacion del tipo de interes a tipo fijo durante dos años, claramente desfavorable.
3) Contratacion de credito al consumo para cancelar deudas tarjetas de credito.
El motivo de mi consulta es, que segun la pagina web y servicio de atencion telefonico del ICO, las entidades bancarias no deben exigir garantias para la consecucion de dicho credito:
¿Estan aplicandome unas clausulas abusivas?
¿Como podria defenderme de ellas, en el supuesto caso de que asi fuese?
¿Se podria presionar a la entidad para que no utilizase de tales medidas disuasorias?
¿Donde he de dirijirme para solucionar tal situacion?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda.
El 17 abril 2009 a las 0:38 #
La normativa da la posibilidad a las entidades de solicitar los ajustes que consideren necesarios, y en cualquier caso la potestad de autorizar o no la operación.
Creo que lo más importante en cualquier caso es que la solución que te ofrezca la entidad te suponga realmente una opción viable a corto y medio plazo. Por otro lado y por lo que comentas no te están solicitando garantías adicionales.
El Ico contempla unas condiciones unicas respeto a la hipoteca y el préstamo complementario, por lo que no creo que te apliquen clausulas abusivas. No obstante confirma con la entidad que tu operación se acoge a la normativa ico y no a otro tipo de refinanciación
El 17 abril 2009 a las 10:44 #
Me gustaria saber si el banco te concede la moratoria,si hay que firmar en el Notario tanto el aplazamiento como el cambio en la hipoteca, es lo que me esta diciendo el banco , pero me parece un poco ilogico, ya que eso acarrearamuchos gastos.
El 18 abril 2009 a las 0:26 #
Leonor: En mi caso hay que firmar en el Notario el credito, pero el Banco se hace cargo de los gastos. No existe cambio en la hipoteca. Es un credito que concede el ICO con el que el banco va pagando la mitad de tus cuotas en dos años. No tiene comision de apertura ni de cancelacion.
MundoHipoteca: completamente de acuerdo contigo, pero lo que me estoy pensando es que me obligan a firmar un tipo de interes muy alto para los tiempos que corren por dos años (al 4 y pico + 0,90) argumentandome que creen que los tipos subiran, cosa que a corto o medio plazo no lo veo muy factible.
Gracias
El 5 junio 2009 a las 9:17 #
Me han aprobado el prestamo moratoria ICO,lo he firmado ante Notario, he pagado al Notario y...lo mas fuerte...es que el BBVA aun no ha ingrasado su parte este mes...YA hace tres semanas que page el notario...El director me pone excusas.¿que hago?
El 2 julio 2009 a las 16:58 #
Me ocurre lo mismo que a Elena,me han aprobado el prestamo de moratoria ICO,fuí al notario y se lo cobraron por el banco,BBVA,todavía no lo tengo aplicado en mi hipoteca,firmé en Mayo¿dónde puedo hacer una reclamación?
El 7 julio 2009 a las 9:33 #
Buenos dias,estamos a 7 de Julio. Continuo sin tener aplicado el prestamo en mi hipoteca.¿donde podemos reclamar?por favor,que alguien nos ayude.GRACIAS
El 30 julio 2009 a las 14:23 #
BUENAS TERDES TENGO HIPOTECA CON LA CAIXA HE ESTADO BAJA MEDICA TRES MESES ANTERIORES ME PAGABA EL INNS
PERO ESTOS TRES MESES SE ME QUITAN DEL PARO TENGO YA EL ALTA LLEVE LOS CERTIFICADOS CORRESPONDIENTES
Y ME DICEN QUE EL ICO EXIGE TRES MESES EN EL INEM PERO SI ES LO MISMO ME QUE GUSTARIA QUE ME AYUDASEN
El 31 julio 2009 a las 3:16 #
BUENAS TERDES TENGO HIPOTECA CON LA CAIXA HE ESTADO BAJA MEDICA TRES MESES ANTERIORES ME PAGABA EL INNS
PERO ESTOS TRES MESES SE ME QUITAN DEL PARO TENGO YA EL ALTA LLEVE LOS CERTIFICADOS CORRESPONDIENTES
Y ME DICEN QUE EL ICO EXIGE TRES MESES EN EL INEM PERO SI ES LO MISMO ME QUE GUSTARIA QUE ME AYUDASEN